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TÉRMINOS Y CONDICIONES


MARCO DE REFERENCIA

  • Los siguientes Términos y Condiciones están referidos a la Serie 2 de las Obligaciones Negociables que emite la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (en adelante “UTE” o “el EMISOR”) - domiciliada en Paraguay 2431, Piso 9, Montevideo - dentro del Programa de Emisión inscripto en el Banco Central del Uruguay con fecha 22 de diciembre de 2009 (en adelante “las ON”).
  • Para ingresar una suscripción en el Banco República el inversor debe indicar una cuenta de Caja de Ahorros/Cuentas Corrientes (en adelante “la CUENTA”) y una cuenta Títulos (en adelante “la CUENTA TÍTULOS”) en dicho Banco. En la primera se encuentran depositados los fondos que se quiere invertir, mientras que en la segunda se registrarán la ON que se adquieran.

AMORTIZACIONES Y PAGO DE INTERESES

  • El Emisor se obliga a pagar el capital adeudado por esta emisión en seis amortizaciones semestrales iguales, la primera el 30/06/2012 y las siguientes el 30 de diciembre y el 30 de junio de cada año, por lo que la última será el 30/12/2014. Si los días de pago indicados no fuesen días hábiles bancarios, el pago se hará el primer día hábil siguiente.
  • Las ON generarán intereses desde la fecha de emisión a la tasa de 4 % lineal anual, calculados sobre el capital no amortizado, en base a un año de 360 días y meses de 30 días. Los intereses se pagarán el día 30 de junio y el 30 de diciembre de cada año, si alguno de esos días no fuese un día hábil bancario el pago se hará el primer día hábil siguiente.
  • El pago de intereses y devolución de capital se realizará mediante crédito en la CUENTA.
  • Durante la vigencia de las ON, si la CUENTA es una Caja de Ahorros, ésta no generará comisiones excepto las de “exceso de movimientos”.

CARGOS POR IMPUESTOS Y COMISIONES – RENTABILIDAD NETA

  • El cobro de intereses por parte del inversor está gravado por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y por el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), por lo que se retendrá de dicho cobro el porcentaje correspondiente (actualmente 3% de los intereses).
  • El Banco República cobrará al inversor una comisión de 0,5 % + IVA sobre el Valor Nominal de las ON que se le adjudique, pagadera en el momento de la emisión.
  • En oportunidad del crédito de intereses en cuentas de los inversores en el Banco, se cobrará una comisión de administración de 3% + IVA sobre dichos intereses.
  • De acuerdo con ello, para quien sea sujeto pasivo del IRPF o del IRNR, la rentabilidad neta luego de deducir las comisiones y los impuestos (TIR) sería 3,6 % efectivo anual.

RIESGOS ASUMIDOS

  • La realización de la suscripción expresa la voluntad del inversor de otorgar un crédito a UTE y la aceptación de las condiciones estipuladas en el prospecto de emisión respectivo, decisión adoptada en base a su propio análisis de riesgo. Asimismo, el suscriptor entiende que la intervención del Banco República en esta operación como agente colocador no lo constituye en garante.
  • La adquisición de ON no constituye un depósito bancario por lo que no se encuentra alcanzada por la cobertura provista por el Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios que administra la Corporación de Protección del Ahorro Bancario.
  • Fitch Uruguay Calificadora de Riesgo S.A. ha evaluado esta operación y le asignó una calificación de riesgo AA+ cuyo significado es “implica una muy sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. El riesgo crediticio inherente a estas obligaciones financieras difiere levemente de los emisores o emisiones mejor calificados dentro del país. Las calificaciones nacionales no son comparables entre distintos países, por lo cual se identifican agregando un sufijo para el país al que se refieren. En el caso de Uruguay se agregará “(uy)”. Los signos "+" o "-" podrán ser añadidos a una calificación nacional para mostrar una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría, y no alteran la definición de la categoría a la cual se los añade”.
  • La realización de la suscripción tiene implícito que el inversor conoce y asume el riesgo de tasa de interés para el caso que tuviera que vender las ON antes de su vencimiento. Dicho riesgo se refiere a la posible baja en la cotización de mercado del título, derivada de una eventual suba de las tasas de interés de mercado para títulos similares. Su significación está en relación directa con el plazo que reste hasta el vencimiento y el plan de amortizaciones previsto.
  • De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de UTE N° 15031 del 4/7/80 el Estado responde subsidiariamente por el pago de las obligaciones que contraiga UTE.

MODALIDAD DE SUSCRIPCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS ON

  • El período de suscripción en el Banco República se inicia el 18/01/10 a la hora 13:00 y se cierra cuando se hayan recibido ofertas por US$ 5.000.000 o el día 02/02/10 a la hora 16:00, según lo que ocurra primero.
  • Mínimo: No se aceptarán suscripciones menores a US$ 10.000.
  • Máximo: En el período 18/01/10 - 22/01/10 las suscripciones ingresadas por un mismo titular no podrán superar US$ 50.000, mientras que en el período 18/01/10 – 02/02/10 no podrán superarse US$ 100.000.
  • Los importes suscriptos deben ser múltiplos de US$ 1.000.
  • La emisión de las ON se realizará el tercer día hábil posterior al cierre del período de suscripción.
  • Desde la suscripción y hasta la fecha de emisión, el importe suscrito permanecerá bloqueado en la CUENTA.
  • Al adjudicarse las ON en la fecha de la emisión, el importe que se suscribe y se encuentra depositado en la CUENTA, será destinado a UTE – vía Banco Santander - y, como contrapartida, dicho importe en ON constará en la CUENTA TÍTULOS.
  • En caso de que la suscripción no resulte adjudicada, el importe suscripto permanecerá en la CUENTA libre de bloqueo.

OPCIÓN DE RESCATE

  • El Emisor tendrá el derecho de rescatar la emisión en cualquier momento, abonando 100% del valor nominal más los intereses corridos, en caso que se modifique el régimen tributario en su perjuicio.

AGENTE FIDUCIARIO, ENTIDAD REGISTRANTE Y AGENTE DE PAGO DE LA EMISIÓN

  • El Agente Fiduciario es la Bolsa Electrónica de Valores mientras que Banco Santander  es la Entidad Registrante y el Agente de Pago de esta Emisión de ON.
  • El Emisor se ha reservado el derecho de obtener del Agente de Pago y Entidad Registrante la identidad, domicilio y toda otra información respecto a los Titulares, que fuera necesaria para cumplir con la normativa vigente, aún de los inversores representados por terceros. Por tanto, el suscriptor releva al Banco del secreto bancario (art. 25, Decreto-Ley 15.322) y profesional vigente, ante el caso que correspondiere.
  • La adquisición de las ON, supone la aceptación y ratificación de todas las estipulaciones, normas y condiciones de la emisión, así como del Contrato de Agente Fiduciario.